Fuente: eldiario.es 22/05/2015
Imputa un delito de genocidio a un oficial porque aunque no diera órdenes participó presuntamente en las torturas descritas por las víctimas
El juez de la Mata considera la actuación marroquí en el Sáhara como «un proceso de destrucción biológica del grupo étnico saharaui»
La decisión de Pablo Ruz de imputar a once oficiales y altos cargos de Marruecos por el genocidio cometido en el Sáhara se ha visto apuntalada por la decisión de su sustituto, José de la Mata, de ampliar a un militar más la nómina de acusados. En un auto hecho público este viernes, De la Mata acepta el recurso presentado por la Asociación de Familiares de Presos y Desaparecidos Saharauis en contra de la negativa de Ruz de imputar a Lehsan Chaf Yeudan, un oficial que participó presuntamente en las torturas al joven Brahim Mohamed Salem Omar.
El juez De la Mata considera que, por mucho que Lehsan Chaf Yeudan fuera un mero oficial del Ejército marroquí, su participación en los malos tratos «no fue una acción aislada y desconectada de todo el plan genocida, llevada a cabo por una persona independiente, en solitario y por su cuenta y riesgo». En el caso de no haber participado en el genocidio, los malos tratos presuntamente infringidos por el imputado habrían prescrito. Sin embargo, el juez considera que su participación «se desarrolló temporal, objetiva, subjetiva y geográficamente dentro del plan de destrucción física de los saharauis acometido por militares y policías marroquíes, y en el cuartel de Smara, uno de los centros de represión cometida durante esos años».
Brahim Mohamed Salem Omar tenía 22 años cuando fue detenido y conducido al cuartel de Smara. En el primer auto de imputación, Ruz recuperaba su testimonio, en el que identificaba a tres de sus presuntos maltratadores: el coronel Lamarti, el teniente de la Gendarmería Real Muley Ahmed Albourkadi y el funcionario Lehsan Chaf Yeudan. «El coronel ordenó que le ataran las extremidades del cuerpo con cuerdas y se las separaran, aplicándole este sistema de tortura. También le aplicaron descargas eléctricas en mejillas y lengua y fue sometido a golpes con cuerdas en una celda», recogía la resolución de Ruz.
«Existen elementos que permiten considerar todos los hechos cometidos contra los saharauis durante 1975 a 1991 como una unidad, de la que formó parte inseparable, subjetiva, objetiva, teporal, y geográficamente, el hecho concreto imputado a Lehsan Chaf Yeudan», concluye el juez De la Mata. Eso no significa, añade el juez, que deban imputársele todos los hechos cometidos dentro de ese genocidio, «sino únicamente aquellos en los que tuvo participación personal relevante, lo que sí ocurrió en los hechos que sucedieron en el cuartel-prisión de Smara en enero de 1977».
De la Mata considera los hechos investigados «un proceso de destrucción biológica del grupo étnico saharaui acometido por militares y policías marroquíes, con conocimiento previo y concreto de su existencia, así como de estar contribuyendo con su conducta a la ejecución de dicho plan».