Berna, 27 junio 2015 (SPS)
El Frente Polisario, a través de una tramitación efectuada ante el Consejo Federal Suizo, depositario de las Convenios de Ginebra, declaró que «se compromete a aplicar los Convenios de Ginebra de 1949 y el Protocolo I en el conflicto que le opone al Reino de Marruecos «, según una declaración de Mhamed Khaddad, coordinador saharaui con la MINURSO.
En 1975, el Frente Polisario declaró unilateralmente que respetaría el derecho de los Convenios de Ginebra, y siempre cumplió su compromiso. La declaración de este 23 de junio 2015 tiene un alcance diferente ya que fue aceptada por el Consejo Federal Suizo, y consagra así al Frente Polisario como sujeto de derecho internacional y única » autoridad que representa al pueblo del Sáhara Occidental que lucha por su derecho a disponer de sí mismo » (artículo 96.3 del Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra de 1949).
Esta declaración fue inmediatamente transmitida a todos los Estados signatarios, y tiene carácter inmediato. Marruecos, al ser en sí mismo un país signatario, el conflicto entre el Frente Polisario y Marruecos es así enteramente regido por las disposiciones del derecho internacional humanitario que trata de manera igual a las partes en conflicto (artículo 96.3, c).
Una ocupación militar
En 1975, el Tribunal Internacional de Justicia dijo que Marruecos no podía reclamar ninguna soberanía sobre el Sahara Occidental. También, al invadir el territorio, Marruecos se ha convertido en una potencia ocupante en el sentido de las Convenciones de Ginebra. El Sáhara Occidental sigue en la lista de territorios no autónomos establecida por la ONU y que están pendientes de descolonización. (Resolución 34/37 de la Asamblea General de la ONU del 21 de noviembre de 1979).
El Frente Polisario está decidido a utilizar todas las facetas del derecho internacional para lograr su objetivo, el referéndum de autodeterminación, y para ello emprenderá todas las acciones legales que considere necesarias.
Un llamamiento solemne a las empresas
Numerosas empresas creyeron poder desarrollar sus actividades en el Sáhara Occidental con autorizaciones marroquíes bajo el pretexto de que Marruecos sería el «administrador de facto». Sin embargo, ningún texto de derecho internacional da un contenido a la noción de «administración de facto», y además, en flagrante violación del derecho internacional, Marruecos se proclama «soberano» sobre el territorio.
Así mismo, después de este sólido acto que es la firma de los Convenios de Ginebra, el Frente Polisario llama solemnemente a todas las empresas presentes en el Sáhara Occidental. El Frente Polisario pone a su disposición todas sus representaciones en todo el mundo para explicarles por qué, ellas también, están obligadas a respetar el derecho internacional humanitario, que prohíbe la explotación de los recursos naturales sin el acuerdo del Frente Polisario, único representante del pueblo saharaui.
El Frente Polisario va a lanzar una campaña de información ante estas compañías, para explicarles que comprometen su responsabilidad civil y penal y que deben tratar únicamente con el Frente Polisario y la RASD.
El derecho de los Convenios de Ginebra se ha conviertido, de cierta manera, en una constitución civil del pueblo saharaui, aplicable a todo el territorio del Sáhara Occidental. Decidido a edificar su futuro mediante la aplicación judicial del derecho internacional, el Frente Polisario se reserva el derecho de acometer todos los procedimientos que estime pertinentes. (SPS)