PUSL .-Tras la invasión del Sahara Occidental en 1975 por el Reino de Marruecos y hasta el acuerdo de alto el fuego en 1991, los invasores marroquíes cometieron una lista interminable de crímenes de guerra contra la población civil saharaui, incluido el bombardeo de Napalm y el Fósforo Blanco de población civil, civiles lanzados desde aviones, masacres y asesinatos en masa, desapariciones forzadas, encarcelamiento en prisiones secretas y tortura de niños, mujeres y hombres, entre otros.
Sería de esperar que, con el acuerdo de alto el fuego firmado por el Reino de Marruecos y el Frente Polisario, el representante legítimo de los saharauis, bajo los auspicios de las Naciones Unidas y la Unión Africana y con presencia de una Misión de la ONU (MINURSO) en elterreno, el Genocidio se detendría, pero no fue así.
El Reino de Marruecos no solo no respeta la firma del alto el fuego, sino que intenta continuamente ocupar la región de Guergarat, ampliando el área del territorio ocupado, ataca a la población civil, roba recursos naturales y hace acuerdos comerciales ilegales. El Reino no se detiene ahí, también expulsó a los funcionarios de la MINURSO sin ninguna represalia por parte del consejo de seguridad.
Pueden preguntar por qué hablo de un genocidio en curso, si no hay guerra. La Convención sobre Genocidio (https://www.un.org/en/genocideprevention/genocide-convention.shtml) establece en el Artículo I que el delito de genocidio puede ocurrir en el contexto de un conflicto armado internacional o no internacional, pero también en el contexto de una situación pacífica. Este último es menos común, pero también es posible. El mismo artículo establece la obligación de las partes contratantes de prevenir y sancionar el crimen de genocidio.
¿Cuáles son los delitos de genocidio en virtud de la Convención? Para comprender el genocidio en curso, primero necesitamos conocer la definición de genocidio en la Convención sobre prevención y castigo del genocidio.
El artículo II de esta Convención establece:
Artículo II
En la presente Convención, genocidio significa cualquiera de los siguientes actos destinados a destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal:
a. Matar a los miembros del grupo;
b. Causar daños corporales o mentales graves a los miembros del grupo;
c. Influir deliberadamente en las condiciones de vida del grupo, calculado para causar su destrucción física en todo o en parte;
d. Imponer medidas para prevenir los nacimientos dentro del grupo;
e. Traslado forzado de niños de grupo a otro grupo.
Las fuerzas de ocupación marroquíes y las autoridades y el estado marroquíes perpetúan todos los delitos mencionados anteriormente, excepto el traslado forzado de niños, contra la población saharaui en los territorios ocupados del Sáhara Occidental.
a) Matar a miembros del grupo es una práctica común en los territorios ocupados del Sáhara Occidental, perpetuado por la policía marroquí, las fuerzas militares y auxiliares y los colonos. No se realiza ninguna investigación en este caso y, a menudo, el cuerpo de los muertos no se entrega a la familia. Las autopsias no se realizan o se realizan de una manera que no sea consistente con las normas internacionales. Los asesinatos pueden ocurrir en la prisión o durante la detención, en la calle o en hospitales donde la negligencia médica intencional, el diagnóstico erróneo y la prescripción de medicamentos y tratamientos incorrectos son sucesos diarios.
b) Causar lesiones corporales o mentales graves a los miembros del grupo; Las fuerzas de ocupación infligen tortura física y psicológica a diario. No solo contra presos y saharauis detenidos, sino también en sus hogares y en las calles del Sáhara Occidental ocupado. El daño corporal y mental también se inflige diariamente a los niños en las escuelas (https://www.africanos.eu/images/publicacoes/working_papers/WP_2019_1.pdf)
c) Influir deliberadamente en las condiciones de vida del grupo, calculado para causar su destrucción física en todo o en parte; el empobrecimiento forzado de la población saharaui en los territorios ocupados, negligencia médica y malos tratos, condiciones de vivienda, incursiones violentas en los hogares de los saharauis seguidas de tortura y maltrato extremo, el terror psicológico constante es propicio para la muerte prematura y la enfermedad.
d) Imposición de medidas para prevenir el parto dentro del grupo: las medidas impuestas no se anuncian públicamente, sino que se practican en los hospitales. Las mujeres saharauis tienen una tasa muy alta de muertes neonatales. Por ejemplo, en mayo de 2019 en un hospital de El Aaiun, nueve recién nacidos saharauis murieron poco después de nacer. Se estima que la población saharaui es menos del 30% de la población marroquí de El Aaiun. Según los datos publicados por UNICEF, la tasa de mortalidad neonatal en Marruecos es de 14 por 1000 nacidos vivos (https://data.unicef.org/country/mar/). Nueve muertes en un mes en un hospital superan claramente la tasa de mortalidad «normal», teniendo en cuenta la baja tasa de natalidad en el Sáhara Occidental y el hecho de que afecta aproximadamente al 30% de la población femenina y masculina o menos. Las mujeres saharauis tienen un miedo absoluto a dar a luz en hospitales, por lo que recurren a parteras o viajan fuera de los territorios ocupados para tener sus bebés. Después de dar a luz en hospitales en las concurridas ciudades del Sáhara Occidental, muchas mujeres se enfrentan al hecho de que su útero u ovarios han sido extirpados sin ser informados. El hecho de que los jóvenes saharauis no tengan acceso al trabajo, ya que los colonos marroquíes se utilizan como la fuerza laboral principal, impide los matrimonios saharauis y, por lo tanto, también los nacimientos.
El acceso a datos concretos sobre los saharauis en el área ocupada es imposible ya que el territorio está bajo el estricto control del Reino de Marruecos, y Marruecos no considera que exista el Sáhara Occidental, llamando al territorio «provincias del sur». Con respecto a la población saharaui, Marruecos los ve como «ciudadanos marroquíes de las provincias del sur» manipulando todos los datos, ya que los saharauis deben tener tarjetas de identidad y nacionalidad marroquíes.
Marruecos, firmó el 24 de enero de 1958 la Convención sobre Genocidio con la siguiente reserva / nota:
Con referencia al Artículo VI, el Gobierno de Su Majestad el Rey considera que solo los tribunales y tribunales marroquíes tienen jurisdicción sobre los actos de genocidio cometidos en el territorio del Reino de Marruecos.
La jurisdicción de los tribunales internacionales puede ser admitida excepcionalmente cuando el gobierno marroquí haya dado su acuerdo específico.
Con referencia al Artículo IX, el Gobierno marroquí declara que ninguna disputa relacionada con la interpretación, aplicación o ejecución de esta Convención puede ser presentada ante la Corte Internacional de Justicia sin el previo consentimiento de las partes en la disputa.
Las Naciones Unidas, una vez más, no pueden proteger a la población saharaui. El hecho de que no haya misiones de investigación y de investigación de la ONU de que el IV Comité de descolonización no ha cumplido su mandato de visitar el territorio no autónomo del Sáhara Occidental desde la invasión de Marruecos es una clara señal de la impunidad de Marruecos.