Comunicado del Ministerio de Asuntos Exteriores y de la Comunidad Nacional en el Extranjero
El Enviado Especial para el Sáhara Occidental y los países del Magreb, el Embajador Amar Belani, se reunió, el miércoles 19 de enero de 2022, con el Enviado Personal del Secretario General de la ONU para el Sáhara Occidental, D. Staffan de Mistura, que se encuentra de visita de trabajo en Argelia, al final de su primera gira por la región.
Durante las conversaciones, el Enviado Personal presentó, en términos generales, los contornos de su mandato para reactivar el proceso político que se encuentra en un punto muerto debido a la intransigencia de la parte marroquí que sigue multiplicando los obstáculos y las condiciones prohibitivas para perpetuar el hecho consumado colonial.
Tras recordar el contexto de guerra en el que se desarrolla la misión del enviado personal tras la ruptura del alto el fuego por parte de la potencia ocupante marroquí que violó, de forma flagrante, los acuerdos militares al ocupar, el 13 de noviembre de 2020, la zona de amortiguación desmilitarizada de Guerguerat, la delegación argelina reafirmó, en esta ocasión, la posición de principio de Argelia, tanto en la cuestión de fondo como en los aspectos relacionados con el formato insistiendo, en particular, en la necesidad :
1. Entablar, cuando se den las condiciones, negociaciones directas de buena fe y sobre todo sin condiciones previas entre las dos partes del conflicto, es decir, el Frente Polisario y el Reino de Marruecos, que se identifican como tales en las resoluciones del Consejo de Seguridad. Con este espíritu, los Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Africana de Paz y El Consejo de Seguridad de la Unión Africana hizo un llamamiento, el 9 de marzo de 2021, a los dos Estados miembros, el Reino de Marruecos y la República Árabe Saharaui Democrática, para que entablen conversaciones directas y francas sin condiciones previas, de conformidad con el artículo 4 del Acta Constitutiva de la Unión Africana.
2. Reactivar y revitalizar el Plan de Arreglo Conjunto de 1991 (ONU-OUA), como único acuerdo aceptado por ambas partes del conflicto y refrendado en dos ocasiones por el Consejo de Seguridad.
3. Por último, y sean cuales sean los procesos previstos, tener en cuenta el imperativo ineludible del libre ejercicio por parte del pueblo saharaui de su derecho inalienable a la autodeterminación. Esto se ajusta al derecho internacional y a la doctrina de las Naciones Unidas en el caso de un territorio que aún no ha sido descolonizado y cuyo estatus está por determinar bajo los auspicios y la responsabilidad política y moral de las Naciones Unidas.
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