Resolución del Consejo de Seguridad de la ONU sobre el Sáhara Occidental

Resolución 2654 (2022)
Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 9168ª sesión, celebrada el 27 de octubre de 2022

El Consejo de Seguridad,
Recordando y reafirmando todas sus resoluciones anteriores sobre el Sáhara Occidental,
Reafirmando su firme apoyo a los esfuerzos del Secretario General y su Enviado Personal para aplicar las resoluciones 1754 (2007), 1783 (2007), 1813 (2008), 1871 (2009), 1920 (2010), 1979 (2011), 2044 (2012), 2099 (2013), 2152 (2014), 2218 (2015), 2285 (2016), 2351 (2017), 2414 (2018), 2440 (2018), 2468 (2019), 2494 (2019), 2548 (2020),2602 (2021),

Expresando su pleno apoyo a Staffan de Mistura, el Enviado Personal del Secretario General para el Sáhara Occidental, y a sus esfuerzos por hacer avanzar el proceso político, basándose en los progresos del anterior Enviado Personal y en consonancia con los precedentes pertinentes; y acogiendo con satisfacción las visitas realizadas por el Enviado Personal a este respecto a la región,

Acogiendo con beneplácito el impulso creado por la primera mesa redonda celebrada los días 5 y 6 de diciembre de 2018 y la segunda mesa redonda celebrada los días 21 y 22 de marzo de 2019, así como el compromiso de Marruecos, el Frente POLISARIO, Argelia y Mauritania en el proceso político de las Naciones Unidas sobre el Sáhara Occidental de manera seria y respetuosa con el fin de identificar elementos de convergencia; y recordando las importantes contribuciones del anterior Enviado Personal del Secretario General para el Sáhara Occidental en la celebración del proceso de mesa redonda,

Alentando la continuación de las consultas entre el Enviado Personal y Marruecos, el Frente POLISARIO, Argelia y Mauritania a este respecto para aprovechar los progresos realizados

Reafirmando su compromiso de ayudar a las partes a lograr una solución política justa, duradera y mutuamente aceptable, basada en el compromiso, que prevea la autodeterminación del pueblo del Sáhara Occidental en el contexto de acuerdos compatibles con los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas, y tomando nota del papel y las responsabilidades de las partes a este respecto,

Reiterando su llamamiento a Marruecos, al Frente POLISARIO, a Argelia y a Mauritania para que cooperen más plenamente entre sí, incluso mediante el fomento de la confianza, y con las Naciones Unidas, así como para que refuercen su participación en el proceso político y logren avanzar hacia una solución política,

Reconociendo que el logro de una solución política a este antiguo conflicto y la mejora de la cooperación entre los Estados miembros de la Unión Árabe del Magreb contribuirían a la estabilidad y la seguridad, lo que a su vez conduciría a la creación de empleo, crecimiento y oportunidades para todos los pueblos de la región del Sahel,

Acogiendo con beneplácito los esfuerzos del Secretario General para mantener todas las operaciones de mantenimiento de la paz, incluida la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental (MINURSO), bajo estrecha revisión y reiterando la necesidad de que el Consejo aplique un enfoque riguroso y estratégico a los despliegues de mantenimiento de la paz, así como una gestión eficaz de los recursos,

Recordando la resolución 2378 (2017) y su solicitud al Secretario General de que se asegure de que los datos relacionados con la eficacia de las operaciones de mantenimiento de la paz, incluidos los datos sobre el desempeño de las operaciones de mantenimiento de la paz, se utilicen para mejorar el análisis y la evaluación de las operaciones de las misiones, sobre la base de puntos de referencia claros y bien identificados, y recordando además la resolución 2436 (2018) y su solicitud al Secretario General de que se asegure de que las decisiones de reconocer e incentivar el desempeño sobresaliente y las decisiones relativas al despliegue, la remediación, la capacitación, la retención del reembolso financiero y la repatriación del personal uniformado o el despido del personal civil, se basen en datos objetivos sobre el desempeño,

Recordando las resoluciones 2242 (2015) y 2538 (2020) y su aspiración de aumentar el número de mujeres en los contingentes militares y policiales de las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas,

Reconociendo el importante papel que desempeña la MINURSO sobre el terreno y la necesidad de que lleve a cabo el reabastecimiento seguro y regular de sus bases de operaciones, realice patrullas en toda su zona de responsabilidad y cumpla plenamente su mandato, incluida su función de apoyo al Enviado Personal para lograr una solución política mutuamente aceptable,

Observando con profunda preocupación la ruptura del alto el fuego,

Expresando su preocupación por las violaciones de los acuerdos contraídos con las Naciones Unidas y reiterando la importancia de una adhesión plena y renovada a estos compromisos, y tomando nota de los compromisos contraídos por el Frente POLISARIO con el anterior Enviado Personal,

Tomando nota de la propuesta marroquí presentada el 11 de abril de 2007 al Secretario General y acogiendo con satisfacción los esfuerzos serios y creíbles de Marruecos para hacer avanzar el proceso hacia la resolución; tomando nota también de la propuesta del Frente POLISARIO presentada el 10 de abril de 2007 al Secretario General,

Alentando, en este contexto, a las partes a que demuestren una mayor voluntad política hacia una solución, incluso ampliando su debate sobre las propuestas de los demás y volviendo a comprometerse con los esfuerzos de las Naciones Unidas en un espíritu de realismo y compromiso, alentando además a los países vecinos a que contribuyan al proceso político; y destacando la importancia de que todos los interesados amplíen sus posiciones con el fin de avanzar hacia una solución,

Alentando a las partes a que sigan cooperando con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en la identificación y aplicación de medidas de fomento de la confianza que puedan servir para fomentar la confianza necesaria para el éxito del proceso político,

Destacando la importancia de mejorar la situación de los derechos humanos en el Sáhara Occidental y en los campamentos de Tinduf, y alentando a las partes a trabajar con la comunidad internacional para desarrollar y aplicar medidas independientes y creíbles que garanticen el pleno respeto de los derechos humanos, teniendo en cuenta sus obligaciones pertinentes en virtud del derecho internacional,

Alentando a las partes a que mantengan y den prioridad a sus respectivos esfuerzos para mejorar la promoción y protección de los derechos humanos en el Sáhara Occidental y en los campamentos de refugiados de Tinduf, incluidas las libertades de expresión y asociación,

Acogiendo con satisfacción, a este respecto, las medidas e iniciativas adoptadas por Marruecos, y el papel desempeñado por el Consejo Nacional de Comisiones de Derechos Humanos que opera en Dajla y El Aaiún, así como la interacción de Marruecos con los Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas,

Instando a mejorar la cooperación con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), incluso facilitando las visitas a la región,

Observando con profunda preocupación las continuas dificultades a las que se enfrentan los refugiados saharauis, su dependencia de la asistencia humanitaria externa y el impacto de la pandemia del COVID-19, y observando además con profunda preocupación la insuficiente financiación para los que viven en los campamentos de refugiados de Tinduf y los riesgos asociados a la reducción de la asistencia alimentaria; y alentando encarecidamente a los donantes a que proporcionen fondos adicionales a la luz del deterioro de la situación humanitaria y a que los organismos de ayuda faciliten la prestación de asistencia humanitaria de conformidad con las mejores prácticas de las Naciones Unidas,

Reiterando enérgicamente su solicitud de un registro de refugiados en los campos de refugiados de Tinduf y destacando la importancia de los esfuerzos que se están realizando a este respecto,

Recordando las resoluciones 1325 y 2250 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y las resoluciones conexas; subrayando la importancia de que las partes se comprometan a proseguir el proceso de negociaciones a través de las conversaciones patrocinadas por las Naciones Unidas y alentando la participación plena, equitativa y significativa de las mujeres y la participación activa y significativa de los jóvenes en estas conversaciones,

Reconociendo que el statu quo no es aceptable, y observando además que el progreso en las negociaciones es esencial para mejorar la calidad de vida del pueblo del Sahara Occidental en todos sus aspectos,

Afirmando su pleno apoyo al Representante Especial del Secretario General para el Sahara Occidental y Jefe de la MINURSO, Alexander Ivanko,

Habiendo examinado el informe del Secretario General de 3 de octubre de 2022 (S/2022/733),

1. Decide prorrogar el mandato de la MINURSO hasta el 31 de octubre de 2023;

2. 2. Subraya la necesidad de lograr una solución política realista, practicable, duradera y mutuamente aceptable para la cuestión del Sáhara Occidental, basada en el compromiso, y la importancia de alinear el enfoque estratégico de la MINURSO y orientar los recursos de las Naciones Unidas a este fin;

3. Expresa su pleno apoyo al Secretario General y a su Enviado Personal para que faciliten el proceso de negociaciones a fin de lograr una solución a la cuestión del Sáhara Occidental, basándose en los progresos y el marco del anterior Enviado Personal, y alienta firmemente a Marruecos, al Frente POLISARIO, a Argelia y a Mauritania a que se comprometan con el Enviado Personal durante toda la duración de este proceso, con un espíritu de realismo y compromiso, para garantizar un resultado satisfactorio;

4. Exhorta a las partes a que reanuden las negociaciones bajo los auspicios del Secretario General sin condiciones previas y de buena fe, teniendo en cuenta los esfuerzos realizados desde 2006 y los acontecimientos posteriores con miras a lograr una solución política justa, duradera y mutuamente aceptable, que prevea la autodeterminación del pueblo del Sáhara Occidental en el contexto de acuerdos compatibles con los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas, y tomando nota del papel y las responsabilidades de las partes a este respecto;

5. Invita a los Estados miembros a prestar la asistencia y el apoyo adecuados a estas conversaciones y a los esfuerzos del Enviado Personal;

6. Reafirma la necesidad de que se respeten plenamente los acuerdos militares alcanzados con la MINURSO en relación con el alto el fuego y pide a las partes que cumplan plenamente dichos acuerdos, que apliquen sus compromisos con el antiguo Enviado Personal y que se abstengan de cualquier acción que pueda socavar las negociaciones facilitadas por la ONU o desestabilizar aún más la situación en el Sáhara Occidental;

7. Reitera su llamamiento a todas las partes para que cooperen plenamente con la MINURSO, incluida su libre interacción con todos los interlocutores, y adopten las medidas necesarias para garantizar la seguridad, así como la libre circulación y el acceso inmediato del personal de las Naciones Unidas y del personal asociado en el desempeño de su mandato, de conformidad con los acuerdos concertados con las Naciones Unidas;

8. Pide que se reanude el reabastecimiento seguro y regular de las bases de operaciones de la MINURSO para garantizar la sostenibilidad de la presencia de la Misión;

9. Destaca la importancia de que las partes renueven su compromiso de hacer avanzar el proceso político en preparación de nuevas negociaciones, recuerda su apoyo a la recomendación contenida en el informe de 14 de abril de 2008 ( S/2008/251) de que el realismo y el espíritu de compromiso de las partes son esenciales para lograr avances en las negociaciones, alienta a los países vecinos a que hagan contribuciones importantes y activas a este proceso; y subraya la importancia de que todas las partes interesadas amplíen sus posiciones para hacer avanzar una solución;

10. Exhorta a las partes a que demuestren voluntad política y trabajen en una atmósfera propicia para el diálogo a fin de avanzar en las negociaciones, asegurando así la aplicación de las resoluciones 1754 (2007), 1783 (2007), 1813 (2008) 1871 (2009), 1920 (2010), 1979 (2011), 2044 (2012), 2099 (2013), 2152 (2014), 2218 (2015), 2285 (2016), 2351 (2017), 2414 (2018), 2440 (2018), 2468 (2019), 2494 (2019), 2548 (2020) y 2602 (2021) y el éxito de las negociaciones;

11. Pide al Secretario General que informe al Consejo de Seguridad periódicamente, y en cualquier momento que considere apropiado durante el período del mandato, para incluir dentro de los seis meses siguientes a la renovación de este mandato y de nuevo antes de su expiración, sobre el estado y el progreso de estas negociaciones bajo sus auspicios, sobre la aplicación de esta resolución, la evaluación de las operaciones de la MINURSO y las medidas adoptadas para hacer frente a los desafíos, expresa su intención de reunirse para recibir y discutir sus informes y, a este respecto, pide además al Secretario General que presente un informe sobre la situación en el Sáhara Occidental mucho antes del final del período del mandato;

12. Acoge con beneplácito las iniciativas emprendidas por el Secretario General para normalizar una cultura del desempeño en las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas, y reafirma su apoyo a la elaboración de un marco normativo amplio e integrado del desempeño que determine normas claras de desempeño para evaluar a todo el personal civil y uniformado de las Naciones Unidas que trabaja en las operaciones de mantenimiento de la paz y presta apoyo a las mismas, que facilite el cumplimiento eficaz y pleno de los mandatos e incluya metodologías amplias y objetivas basadas en puntos de referencia claros y bien definidos para garantizar la rendición de cuentas por el bajo rendimiento y los incentivos y el reconocimiento por el desempeño sobresaliente, y le pide que aplique este marco a la MINURSO, tal como se describe en la resolución 2436 (2018), solicita al Secretario General que trate de aumentar el número de mujeres en la MINURSO, así como de garantizar la participación plena, equitativa y significativa de las mujeres en todos los aspectos de las operaciones;

13. Insta a las partes y a los Estados vecinos a que se comprometan de forma productiva con la MINURSO a medida que ésta siga estudiando cómo pueden utilizarse las nuevas tecnologías para reducir el riesgo, mejorar la protección de las fuerzas y ejecutar mejor su mandato;

14. 14. Alienta a las partes a cooperar con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados para identificar y aplicar medidas de fomento de la confianza, incluyendo la participación de las mujeres y los jóvenes, y alienta a los Estados vecinos a apoyar estos esfuerzos;

15. Insta encarecidamente a los Estados miembros a que aporten contribuciones voluntarias nuevas y adicionales para financiar los programas alimentarios a fin de garantizar que se atiendan adecuadamente las necesidades humanitarias de los refugiados y evitar la reducción de las raciones de alimentos; e insta a los organismos de ayuda a que faciliten la entrega de la ayuda humanitaria de conformidad con las mejores prácticas de las Naciones Unidas;

16. Pide al Secretario General que siga adoptando las medidas necesarias para garantizar el pleno cumplimiento por parte de todo el personal de la MINURSO de la política de tolerancia cero de las Naciones Unidas en materia de explotación y abusos sexuales y que lo mantenga plenamente informado mediante sus informes al Consejo sobre los progresos de la Misión a este respecto, e insta a los países que aportan contingentes y fuerzas de policía a que sigan adoptando medidas preventivas apropiadas, incluida la investigación de antecedentes de todo el personal, la formación previa al despliegue y la concienciación en la misión, y a que garanticen la plena rendición de cuentas en los casos de esa conducta en que esté implicado su personal mediante la investigación oportuna de las denuncias por parte de los países que aportan contingentes y fuerzas de policía y la MINURSO, según proceda;

17. Decide seguir ocupándose del asunto.

 

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