CODESA: Exigir apoyo para las víctimas de la tortura en el Sáhara Occidental es un derecho legítimo y justo que no puede prescribir

Con motivo del Día Internacional en Apoyo a las Víctimas de la Tortura:

Exigir apoyo para las víctimas de la tortura y otras formas de tratos crueles, inhumanos o degradantes en la parte ocupada del Sáhara Occidental es un derecho legítimo y justo que no puede prescribir.

Cada año, el 26 de junio, diversos países del mundo conmemoran el Día Internacional en Apoyo de las Víctimas de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, de conformidad con la Resolución 39/46 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 10 de diciembre de 1984, en particular tras la adopción de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, firmada y ratificada por un grupo de países en 1987.

A pesar de que la fuerza de ocupación marroquí es uno de los países que han ratificado y firmado este acuerdo y el protocolo facultativo del acuerdo en cuestión, y de su compromiso en varias ocasiones de respetar los derechos humanos y dejar de practicar la tortura,

Y a pesar de su criminalización en 2006 de la práctica de la tortura y su uso frecuente de acuerdo con los requisitos de la «Constitución marroquí» de 2011,

la fuerza de ocupación marroquí sigue garantizando la protección de los autores de torturas y de diversos crímenes contra la humanidad, que permanecen lejos de toda rendición de cuentas y de todo juicio, lo que ha suscitado las críticas de un grupo de organizaciones internacionales de defensa de los derechos humanos, entre ellas Amnistía Internacional, que ha confirmado que los servicios policiales marroquíes en Marruecos y en el Sáhara Occidental siguen «practicando múltiples formas de tortura con el fin de obtener confesiones, silenciar a los activistas y reprimir las voces disidentes», y torturar a los presos políticos saharauis dentro de las cárceles marroquíes, cuando planteó en la página 148 de su informe para el año 2021/2022, la cuestión de la huelga de hambre llevada a cabo por el preso político saharaui, «Mohamed Lamine HADDI», señalando que se encontraba en régimen de aislamiento desde 2017, y que «los guardias de la prisión pusieron fin a su huelga de hambre en marzo, en protesta por sus malos tratos, alimentándolo a la fuerza, lo que equivale a tortura según el derecho internacional».

Tras estos informes y la continuación por parte de Amnistía Internacional de su campaña contra la tortura en Marruecos y el Sáhara Occidental declarada desde el 14 de mayo de 2014 bajo el lema «Stop Tortura», la fuerza de ocupación marroquí ha continuado desde el 11 de junio de 2015 expulsando a delegados de esta organización internacional expulsando a organizaciones y organismos de derechos humanos, abogados y observadores extranjeros, e impidiéndoles viajar a las ciudades ocupadas del Sáhara Occidental.

Con estos graves retrocesos que reflejan la flagrante violación del derecho internacional humanitario por parte de la fuerza de ocupación marroquí, ésta continúa practicando la tortura y violando el derecho de expresión, manifestación y reunión, así como maltratando y acosando a los defensores saharauis de los derechos humanos, blogueros y presos políticos en diversas cárceles marroquíes.

El Buró Ejecutivo de CODESA constata con gran estupor la dualidad del discurso oficial de la fuerza de ocupación marroquí en su exigencia de un acercamiento a la política de apertura y respeto a los principios de los derechos humanos, en un momento en el que empleados de las distintas agencias de inteligencia marroquíes siguen cometiendo violaciones sistemáticas contra la humanidad por la defensa que hacen los manifestantes saharauis del derecho del pueblo saharaui a la autodeterminación.

Asimismo, a pesar de que la mayoría de los presos políticos saharauis han testificado ante los tribunales marroquíes sobre su exposición a torturas físicas y psicológicas y violaciones, y han solicitado, junto con sus abogados, la realización de un examen médico, la justicia marroquí ha seguido rechazando estas peticiones, basándose en confesiones extraídas bajo tortura, presión y coacción.

Además, un grupo de testimonios de víctimas de tortura afirmaron que la práctica de la tortura como crimen contra la humanidad puede no cesar para los presos políticos saharauis cuando son detenidos bajo la custodia teórica de la policía o la gendarmería, sino que la mayoría de ellos son sometidos a malos tratos durante su detención en diversas prisiones marroquíes antes y después de que se dicten condenas contra ellos .

Además de la negligencia médica y el retraso en garantizar el derecho a tratamiento y medicamentos, que condujo a la muerte del preso político saharaui «Hassanna EL-WALI» el 28 de septiembre de 2014 en el hospital militar de Dajla ocupada después de más de dos años y 09 meses de su detención política , y la muerte del preso político saharaui «Brahim SAIKA» el 15 de abril de 2016 en el hospital regional Hassan II de Agadir / Marruecos, sólo dos semanas después de su detención y seguimiento en un expediente de detención.

En cuanto a los lugares donde se practica la tortura de todo tipo, la fuerza de ocupación marroquí ha demolido y modificado la forma de varios centros de detención secretos que han sido testigos de crímenes contra la humanidad en el Sáhara Occidental y las ciudades vecinas, (Los centros de detención de los cuarteles militares y de las fuerzas de intervención rápida en El Aain, Smara y Dajla / Sáhara Occidental ocupado ), en un momento en que la fuerza de ocupación marroquí consideraba los diversos centros de detención secretos y regulares dentro de Marruecos como espacios abiertos para la preservación de la memoria.

Basándose en lo siguiente y Considerando que la fuerza de ocupación marroquí :

+ ha ratificado la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en diciembre de 2002,

+ reconoció el establecimiento de un mecanismo interno para la prevención de la tortura,

Considerando que el informe de campo de Amnistía Internacional publicado en mayo de 2015 afirmaba que las autoridades marroquíes «transmiten la imagen de un país abierto y respetuoso con los derechos humanos, pero debido a la tortura contra los detenidos y las voces libres de la oposición, esta imagen no es más que un espejismo»,

Considerando que los deberes de los Estados en virtud de la Convención contra la Tortura obligan:

+ Tipificar la tortura como delito en la legislación nacional.

+ No invocar «ninguna orden superior» o «ninguna circunstancia excepcional» para justificar actos de tortura.

+ Enjuiciamiento del autor de la tortura.

+ Posibilidad de una investigación internacional.

+ Adoptar medidas legislativas, administrativas, judiciales y de otro tipo eficaces para impedir la comisión de actos de tortura.

+ Conceder la asistencia judicial más amplia posible en todos los procedimientos penales relacionados con actos de tortura.

+ Garantizar el derecho de las víctimas de tortura a un recurso y a una indemnización justa y adecuada.

+ No expulsar ni extraditar a personas susceptibles de ser sometidas a tortura en otro país.

+ Elaborar y aplicar programas educativos, mediáticos y de formación relativos a la prohibición de la tortura.

Considerando que toda la verdad y el contexto general en el que la potencia ocupante ha cometido crímenes contra la humanidad sigue vinculado a la confiscación del derecho a la autodeterminación del pueblo saharaui,

El Buró Ejecutivo del Colectivo de Defensores de los Derechos Humanos Saharauis en el Sáhara Occidental, CODESA, anuncia:

Su plena solidaridad con las víctimas de la tortura en todo el mundo y en el Sáhara Occidental y con sus familias, que se adhieren al principio de no impunidad de los implicados en la tortura y los malos tratos a sus familiares.

Su condena por el persistente incumplimiento por parte de la fuerza de ocupación marroquí de todas sus obligaciones internacionales para asegurar el fin de la práctica de la tortura en Marruecos y en el Sáhara Occidental, preservar la dignidad humana y garantizar su derecho de expresión, opinión, manifestación y asociación, los derechos humanos o la afiliación política.

Exigir responsabilidades a la fuerza de ocupación marroquí por la comisión sistemática de delitos de tortura contra civiles saharauis, defensores de los derechos humanos, blogueros, estudiantes y políticos, que cumplen duras penas privativas de libertad en diversas cárceles marroquíes que alcanzan el límite de la cadena perpetua.

Su apoyo a la rendición de cuentas y al seguimiento judicial de todos los empleados de los diversos organismos militares y civiles marroquíes implicados en la comisión de delitos de tortura y crímenes contra la humanidad contra civiles saharauis desde la anexión forzosa del Sáhara Occidental el 31 de octubre de 1975.

Su rechazo a la forma de relación de la fuerza de ocupación marroquí a través de la Comisión Marroquí de Arbitraje Independiente para indemnizar a las víctimas de desaparición forzada y detención arbitraria y de la Comisión Marroquí de Equidad y Reconciliación con las víctimas de tortura, desaparición forzada y detención arbitraria en Marruecos y en el Sáhara Occidental, a las que se ha negado la garantía del derecho a recurrir y a obtener una indemnización justa de acuerdo con las normas internacionales.

Su llamamiento al Comité Internacional de la Cruz Roja, a las Naciones Unidas y a todas las organizaciones y organismos internacionales de defensa de los derechos para que trabajen sobre :

+ La aplicación de la legalidad internacional humanitaria en el Sáhara Occidental, dado que esta región está clasificada por Naciones Unidas como uno de los territorios pendientes de su papel en la descolonización.

+ Acelerar la aplicación de la legitimidad internacional en el Sáhara Occidental mediante la búsqueda de una solución justa, equitativa y permanente que garantice el derecho del pueblo saharaui a la autodeterminación.

+ Proteger a la población civil saharaui y prestar pleno apoyo a las víctimas de torturas y de diversos crímenes de guerra y contra la humanidad cometidos por la fuerza de ocupación marroquí.

+ La necesaria divulgación al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas a través de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos y de los relatores especiales que han visitado el territorio del Sáhara Occidental de todos los informes finalizados sobre la situación de los derechos humanos en la región y de las recomendaciones formuladas en este ámbito, garantizando al mismo tiempo su seguimiento y aplicación de conformidad con las obligaciones de la fuerza de ocupación marroquí durante los exámenes periódicos de los años 2008 y 2012 en dicho Consejo en Ginebra y en otros años.

+ Denunciar la práctica de la fuerza de ocupación marroquí de torturar a las víctimas saharauis durante su arresto en la vía pública y su detención en el interior de los coches de policía o en el interior de las sedes de la policía judicial para obligarlas a confesar los cargos que se les imputan o a firmar los informes de la policía judicial.

+ Visitas a las ciudades ocupadas del Sáhara Occidental y a las cárceles marroquíes para investigar la situación de los derechos humanos y entrevistar a las víctimas de torturas y de diversos crímenes contra la humanidad cometidos por la fuerza de ocupación marroquí.

+ Reforzar los contactos y la comunicación con las asociaciones saharauis de defensa de los derechos humanos que trabajan para vigilar y denunciar los crímenes contra la humanidad, al tiempo que se trabaja para presionar a la fuerza de ocupación marroquí para que permita a las distintas ramas de estas asociaciones trabajar públicamente con el fin de garantizar su derecho a organizarse y establecerse de conformidad con el derecho internacional humanitario y las cartas y pactos internacionales pertinentes.

+ Abrir una investigación sobre las denuncias de tortura y malos tratos presentadas por las víctimas y sus familias, exponiendo al mismo tiempo a los autores de crímenes contra la humanidad a la responsabilidad y a la justicia mediante la activación del principio de no impunidad.

+ Estar al lado de algunas asociaciones marroquíes de defensa de los derechos humanos que siguen siendo objeto de ataques, directos o indirectos, por su defensa de los derechos humanos y su reivindicación de la creación de un mecanismo internacional de vigilancia de los derechos humanos en el Sáhara Occidental (como en el caso de la Asociación Marroquí de Derechos Humanos (AMDH)).

+ Revelar la suerte de los secuestrados saharauis y la liberación de todos los defensores de los derechos humanos y presos políticos saharauis, garantizándoles todos los derechos garantizados en los pactos internacionales pertinentes.

El Aaiún / Sáhara Occidental ocupado, con fecha de 26 de junio de 2023
Oficina Ejecutiva del Colectivo de Defensores Saharauis de los Derechos Humanos en el Sáhara Occidental
CODESA